Las Precedencias Oficiales

El Ordenamiento General de Precedencias del Estado se establece en el Real Decreto 2.099/83, de 4 de Agosto. Es la única legislación al respecto en España de caracter nacional.

Las Comunidades Autónomas y las Corporaciones locales pueden disponer de su propia normativa para sus territorios, sin que su aplicación suponga vulnerar el orden establecido en aquel Real Decreto.